Aporte de la OSAR para un protocolo de cada Seminario

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     I. Introducción

El corazón sacerdotal busca configurarse íntimamente con Jesús Buen Pastor. La imagen bíblica del Pastor nos anima a contemplar a Jesús que cuida a todos y es capaz de preocuparse especialmente por aquellos que están alejados, heridos y son más débiles (cf. Lc. 15).

La Iglesia reconoce con dolor que no todos sus pastores han sabido velar con cuidado del rebaño confiado por el Señor. Y con la firme decisión de cambiar esta realidad nos propone un camino de conversión y de prevención.

El Seminario, como espacio propio para la formación de los futuros pastores, es el ámbito privilegiado para generar una nueva sensibilidad pastoral que refleje las mismas actitudes y sentimientos de Cristo Jesús (cf. Flp. 2, 5). Ser pastores configurados con el Pastor implica tener en cuenta también el modo de vincularnos, comportarnos y respetar la dignidad de nuestros hermanos.

Es vital la capacitación y la formación permanente de toda la comunidad del Seminario para la prevención, detección y actuación en caso de abuso sexual.

Esta guía tiene una primera parte donde se desarrollan y explicitan una serie de comportamientos y actitudes que ayudan a generar vínculos saludables y acordes a nuestra identidad. A continuación, se ofrece una guía de actuación en caso de recibir información sobre una presunta situación abusiva.

Siembre se deberá observar la legislación civil y penal de nuestro país, así como la legislación canónica para el tratamiento de estas situaciones. Se incluyen las líneas – guías de actuación de la Conferencia Episcopal Argentina y los respectivos protocolos de cada diócesis. De la misma manera se observará lo dispuesto en la Ratio Fundamentalis Institutionis Sacerdotalis, n° 202 y lo establecido en la Ratio Nationalis, n° 424-432.

Cada Seminario en particular debe adecuar su propia Guía, considerando sus propios Estatutos y Reglamentos y contando con la aprobación del respectivo Obispo diocesano.

     II. Comportamientos y actitudes

El objetivo de estas normas es generar en nuestras comunidades formativas un ambiente sano y seguro tanto para los propios miembros como así también para los niños, niñas, adolescentes y adultos vulnerables[1].

Siempre se debe tener en cuenta que no se trata sólo de realizar buenas prácticas, sino, sobre todo, de internalizar los valores y principios que sustentan las mismas, acordes a la vocación recibida (cf. Ef. 4,1).

Se busca favorecer la transparencia en las acciones pastorales y prevenir todo abuso. Por esto, buscan ayudar a toda la comunidad del Seminario a evitar imprudencias y actos inapropiados e incluso delictivos.

Para que estas normas realmente cumplan su objetivo y generen buenas prácticas habituales en los seminaristas y futuros presbíteros, deben estar institucionalizadas y ser asumidas por los formadores, así como por toda la comunidad del Seminario (directores espirituales, confesores, docentes, empleados, etc.). Además, deben ser sostenidas en el tiempo y estar sujetas a supervisión y acompañamiento, en orden a promover su cumplimiento efectivo y permanente actualización.

     III. Ámbitos

1-    Apostolado

En todo ámbito pastoral debemos ser conscientes de que hay conductas y actitudes que están en sintonía con nuestra identidad célibe y consagrada y otras que no. Para poder establecer ciertos criterios, nos detendremos en algunas situaciones concretas del apostolado de los seminaristas que, lejos de agotar todas las instancias de interacción, nos sirven como ejemplo.

Por otro lado, se debe tener en cuenta que las instituciones educativas tienen sus propios protocolos; los mismos deben ser observados por los seminaristas que realicen alguna actividad pastoral o docente. No obstante, a continuación, se detallan algunas pautas que deben seguirse en toda situación que implique formandos al sacerdocio.

 

A) Pautas generales

  1. Las charlas personales deben darse en sitios y horarios que permitan la visibilidad a otras personas. Es importante evitar, en este sentido, los despachos cerrados, los ámbitos aislados del resto o incluso la misma casa parroquial. En las oportunidades en donde el trabajo pastoral amerite dichos encuentros, se deben prever con anterioridad los espacios y momentos destinados para ello. Es recomendable hablar en los patios de las parroquias o de los colegios, en los bancos de la iglesia u otro lugar apropiado, pero procurando siempre estar a la vista de otros. Cuando esto no sea posible, la reunión tendrá lugar con la puerta al menos semiabierta, o asegurándose de alguna manera la posibilidad de ser vistos por un tercero.
  2. Toda charla personal es una oportunidad de encuentro profundo y de comunicación de vivencias. En ellas, hay que ser lo más prudente posible en el manejo de los gestos físicos de afecto o contención. A veces los abrazos, el tomarle la mano a alguien, y otras expresiones físicas pueden ser malinterpretadas por la misma persona o por terceros.
  3. En el trato cotidiano con las personas de la parroquia se debe evitar todo tipo de lenguaje ambiguo, de doble sentido o directamente grosero.
  4. No corresponde en una charla pastoral personal indagar sobre temas de índole sexual o íntima, si la otra persona no los ha planteado.
  5. En las instancias personales o grupales en donde se traten los temas relacionados a la sexualidad, estos deben ser abordados con delicadeza y respeto.
  6. En el trato con los otros no corresponde gritarles, insultarlos o humillarlos, ni ningún tipo de maltrato. El arte de acompañar, motivar y corregir a los demás es un aprendizaje que debemos desarrollar.

B) Con niños, niñas y adolescentes y adultos vulnerables

El trato con NNAyAv supone todo lo dicho anteriormente. Sin embargo, nos detendremos en algunas conductas que es necesario atender especialmente cuando se está con ellos.

  1. Se debe evitar quedarse en soledad con NNAyAv en espacios cerrados como la sacristía, despachos, etc.
  2. Bajo ninguna circunstancia se debe permitir el ingreso de NNAyAv solos a la casa parroquial, y menos aún a las habitaciones o despachos personales.
  3. Hay que ser especialmente prudentes en los gestos de afecto con NNAyAv. Si es el NNAyAv quien inicia gestos como un abrazo, la respuesta debe ser sobria, breve y apropiada; y siempre en lugares públicos y delante de otras personas.
  4. Se debe evitar todo tipo de regalos personales, favoritismos o privilegios que produzcan en el NNAyAv o en su entorno alguna confusión con respecto al vínculo pastoral.
  5. Todos los NNAyAv deben ser tratados con igual respeto, por lo que se debe evitar todo tipo de discriminación o situación que lo humille o ridiculice (ej.: sobrenombres, calificativos con su cuerpo, etc.)
  6. No se puede, bajo ningún concepto, suministrar a un NNAyAv alcohol, cigarrillos o drogas. A su vez, en el caso de que un seminarista consumiera alcohol o cigarrillos, no deberá hacerlo en presencia de NNAyAv.
  7. Actividades que impliquen pernocte (campamentos, misiones, retiros):
    1. A la hora de planificar una actividad mixta fuera del ámbito parroquial se procurará que haya personas de los dos sexos entre los animadores o acompañantes para que puedan cuidar a los NNAyAv.
    1. Los seminaristas y sacerdotes deben dormir en un lugar distinto al de los jóvenes o NNAyAv (nunca compartir carpa o habitación) 
    1. En ninguna circunstancia se debe usar el baño, duchas o vestuarios en el mismo momentoen que lo hacen los jóvenes o NNAyAv. Asimismo, si es necesaria cierta supervisión en estos lugares, siempre se hará fuera del mismo y acompañado por otra persona. Igualmente, de ser posible, siempre delegar esta tarea a los animadores o padres acompañantes, dándoles estas mismas pautas y procurando que se cumplan.
    1. Si existiese un solo baño para el uso común, se deberá prever el uso en horarios distintos del resto.
    1. No está permitido el viaje en autos, motos u otros vehículos con NNAyAv. En caso de necesidad, dichos traslados deberán ser acompañados por otros adultos referentes y bajo el consentimiento fehaciente de los padres o tutores.
  8. Nunca se debe exigir secreto o confidencialidad a un NNyAyAv con relación a sus padres o responsables.

2. Entornos digitales

El seminarista debe presentar un perfil acorde a su condición en todas las redes sociales:

  1. Deberá estar atento al horario de uso, evitando la noche y el tiempo excesivo de conexión.
  2. Cuidar el tipo de publicaciones que se hacen y las distintas formas de interactuar con los otros usuarios (likes, me gusta, comentarios, etc.).
  3. Cuidar el lenguaje que se utiliza, ya que puede resultar ambiguo para el que lee (tanto lo que se escribe, como material gráfico: emoticones, gifs, memes, etc.).

3. En el Seminario

El ambiente del Seminario debe propiciar un clima de libertad, confianza, fraternidad que permita y favorezca vínculos saludables, de respeto y amabilidad como miembros de una comunidad que sabe cuidar y custodiar al otro (cf. Ef. 4,32).

La presencia de ciertas conductas inapropiadas produce un ambiente hostil y amenazante para los miembros. Además del sentido común, la moral cristiana nos invita a ser cuidadosos en todos los ámbitos, también en éste más doméstico. Por esto mismo se deben evitar las conductas abusivas o ambiguas por todos los medios.

El Seminario está atravesado por una serie de vínculos que presentan mayor o menor asimetría, pero que en cualquier caso deben observar las mismas normas de conducta. Esto se aplica, entonces, al vínculo entre formadores y seminaristas, como también de seminaristas entre sí y de formadores y seminaristas con el personal del Seminario (docente y no docente).

A) Pautas generales

A continuación, se mencionan algunas conductas que son inadmisibles en el contexto de la formación sacerdotal y la vida en el Seminario:

  1. Acoso sexual: puede revestir diferentes grados de severidad. Se refiere a cualquier tipo de avance sexual, sea pedido u ofrecido, sea verbal o no verbal, directo o mediado tecnológicamente (chats, redes sociales, mensajería instantánea, etc.). Algunas formas en que podría presentarse son las siguientes:
  1. Adoptar una presencia física invasiva e incómoda para el/la otro/a (seguir, observar, espiar o fijar la mirada inapropiadamente).
  2. Incitar a conversar de temas sexualmente provocadores o indecentes, o a observar imágenes (fotos, videos), chistes o historias sexualmente sugestivos o explícitos.
  3. Intentar tocar, besar o masajear en modo sexualmente significativo.
  4. Insistir en encontrarse, reunirse a solas, a pesar de las negativas de la otra persona.
  5. Invitar o coaccionar a cualquier persona a entablar una relación sexual de cualquier tipo, sea ésta con contacto o sin contacto.
  1. Física: violencia física, tocamientos, acercamientos innecesarios que generan incomodidad.
  2. Verbal: comentarios y preguntas ofensivas, de doble sentido, que ridiculizan o ponen en vergüenza al otro.
  3. No verbal: silbidos, gestos de connotación sexual, presentación de objetos pornográficos.

En orden a la prevención y gestación de una cultura del cuidado, hay que desterrar toda costumbre social que sea provocadora de situaciones de maltrato. Por ejemplo, la costumbre de hacer “pagar derecho de piso” a quien recién se integra a la comunidad, o la de habilitar ciertas situaciones donde se permite el maltrato, como en el deporte: “lo que pasa en la cancha queda en la cancha”, entendiendo esto como posibilidad de un maltrato contenido o circunscripto. Nunca y en ninguna circunstancia, salvo la legítima defensa, está permitido maltratar a nadie.

B) Actividades pastorales y/o visitas al Seminario

Teniendo en cuenta el edificio y las instalaciones del Seminario, así como su uso compartido ordinario o extraordinario (escuelas, Seminario menor, visitas de parroquias, actividades pastorales en el predio del Seminario, etc.), se dispone:

  1. Debe delimitarse el espacio estrictamente privado de vivienda de los seminaristas y formadores. Por lo tanto, quienes no sean parte de la comunidad del Seminario no ingresarán a esos lugares propios e íntimos (dormitorios, baños, otros espacios determinados).
  2. Se utilizarán los mismos criterios de comportamiento determinados para el apostolado en otros ámbitos eclesiales, tanto sus pautas generales como con respecto a NNAyAv (Cf.II, 1. Apostolados).

     IV. Guía de actuación ante una presunta situación abusiva

En una situación abusiva, la víctima siempre se encuentra muy indefensa e incapaz de hacer algo para poder cambiar esa tremenda realidad. Los que están en mejores condiciones de advertir y detener un escenario de abuso son todos aquellos que, interactuando en torno a la víctima y al victimario, directa o indirectamente perciben el contexto abusivo.

Los seminaristas deben recibir herramientas para ser capaces de detectar una posible situación de abuso. Por lo tanto deben saber qué hacer y adónde dirigirse, de tal modo que formadores y seminaristas deben identificar con facilidad la Oficina o el Delegado diocesano para la recepción de informes de un posible abuso (Cf. Vos estis lux mundi, art. 2 § 1). Esto es indistinto si se trata de NNAyAv o bien involucra a seminaristas, a clérigos y/o consagrados.

En un Seminario mayor se presume que los integrantes son mayores de edad, por lo que se deberá estipular en cada situación si ese seminarista es considerado un adulto vulnerable o no.[2]

Los confesores y directores espirituales animarán al seminarista a expresar las situaciones abusivas de las que sea víctima, actor o testigo, fuera del fuero interno, aconsejándole cómo hacerlo y acompañándolo en el proceso.

Si hay noticia o sospecha de un abuso, es deber de los clérigos y consagrados de informar al respectivo Ordinario. Siempre respetando el fuero interno. De igual manera es una invitación a los laicos con oficios y ministerios en la iglesia a hacer lo mismo (Cf. Vos estis lux Mundi, art. 3 §1-2).

También es deber recordar el principio de autonomía y cooperación entre los sistemas jurídicos canónico y del Estado, por lo que la Iglesia respeta y exhorta a respetar las disposiciones del derecho estatal sobre la materia, y colabora con las autoridades provinciales y nacionales en todo aquello que esté a su alcance para esclarecer situaciones delictivas de esta naturaleza y proteger a NNAyAv.

Por todo esto y sin perjuicio de los deberes emanados de la legislación estatal vigente ni de aquéllos que incumben a quienes se desempeñan bajo protocolos civiles de actuación, esta es la guía de actuación como Seminario:

1.     Ante el conocimiento o sospecha verosímil de abuso en ámbito del apostolado:

  1. Si la noticia le fuera revelada directamente por el NNAyAv que alega los hechos, el seminarista deberá escucharlo sin interrogarlo ni emitir juicios. Tan pronto como sea posible, tomará nota cuidadosamente de lo conversado, sin agregar, suprimir o modificar ningún dato.
  2. Lo comunicará inmediatamente al párroco o autoridad de ese apostolado. Este último es quien deberá informar de la situación a los padres, tutores, curadores o apoyos del NNAyAv, a quienes harán constar que pueden ejercer su derecho de realizar una denuncia penal ante el Ministerio Público Fiscal. Si los supuestos responsables del abuso fueran los padres, tutores, curadores o apoyos del NNAyAv, esta última comunicación no deberá efectuarse. De todas estas comunicaciones se labrará acta o se dejará alguna constancia por escrito.
  3. El párroco o autoridad de ese apostolado, así como el seminarista que ha recibido la noticia o sospecha verosímil, son legalmente responsables de realizar la comunicación de los hechos ante las autoridades de protección de la infancia en los términos que establece la ley 26061 de protección de los derechos de las niñas niños y adolescentes.
  4. Si la persona acusada fuera un clérigo, un consagrado, o un laico que preside una asociación internacional de fieles, el párroco o autoridad de ese apostolado, así como el mismo seminarista que ha recibido la noticia o sospecha verosímil, pondrá también en conocimiento de la Oficina o el Delegado diocesano para la recepción de estos informes (Cf. Vos estis lux Mundi, art. 3 §1-2).
  5. Ese mismo seminarista informará por escrito al Rector de lo sucedido y actuado.
  1. Si un seminarista o formador toma conocimiento o sospecha de actos estipulados en el ámbito del propio Seminario (3. A, 1-3 de esta Guía), informará al Rector.
  2. Si estos mismos actos son provocados por clérigos y padecidos por seminaristas, el Rector informará inmediatamente en la Oficina o el Delegado diocesano para la recepción de estos informes. Si el implicado fuese el Rector, cualquier formador del Seminario será quien informe a la Oficina o Delegado.
  3. El Rector o el formador que actuó, a su vez informará por escrito al respectivo Obispo diocesano.

En cualquiera de estos actos se aplicará el Estatuto y reglamento del Seminario junto con lo dispuesto en Vos estis lux mundi.

(Esta Guía, así como sus adecuaciones, tendrá una duración ad experimentum de tres años, a partir de la fecha del decreto del respectivo Obispo diocesano).


[1] Se debe entender: “niño, niña o adolescente” (en adelante NNyAyAv) al modo de referirse que utiliza la ley 26.061 (Ley de protección integral de los derechos de los niños, niñas y adolescentes). “Adulto vulnerable”: es el modo de referirse a cualquier persona en estado de enfermedad, de deficiencia física o psicológica, o de privación de la libertad personal que, de hecho, limite incluso ocasionalmente su capacidad de entender o de querer o, en cualquier cosa, de resistir a la ofensa. (Vos estis lux mundi, art.1 § 2b).

[2] Ver supra.